¿Pueden citarme a una reunión de Consejo Escolar con dos días de antelación y sin saber los temas a tratar?
No. Las convocatorias a reuniones ordinarias deben realizarse con una semana de antelación indicando el orden del día y aportando toda la documentación necesaria sobre los temas a tratar, así como el acta de la sesión anterior. En caso de reuniones extraordinarias, la convocatoria se realizará con un mínimo de 48h de antelación aportando el orden del día y la documentación respectiva.