Convocadas las ayudas para Alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (NEAE) para el curso 2025-2026 , el plazo de solicitud está abierto desde el 30 de abril de 2025 hasta el 11 de septiembre de 2025.
La solicitud debe realizarse de forma telemática cumplimentando el formulario accesible a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ( y no a través de los centros educativos, como hasta ahora).
Novedades:
- Las solicitudes, se presentarán telemáticamente por la sede del Ministerio, debiendo ser firmada y dar consentimiento para cruzar datos, todos los miembros de la unidad familiar, así como el tutor/a o representante legal. Primero hay que darse de alta y luego tramitar la solicitud ➡instrucciones y acceso a la sede electrónica. IMPORTANTE: comprueba que la aplicación te ha generado el justificante de presentación de la solicitud, revisa que no haya quedado en borradores.
- No hay que presentar la solicitud en el centro de estudios.
- A partir del 12/09 las Consejerías de Educación, remitirán las solicitudes a los Centros de Estudios, para que ellos rellenen los anexos correspondientes, acreditando o justificando la necesidad del alumno y será el propio Centro el que los envíe telemáticamente.
Solo debéis, estar pendientes por si el Centro de Estudios, os solicita algo, deben enviarlo antes de 10 días - Los alumnos, que sean diagnosticados o censados, después del 11/09/2025, podrán solicitar la ayuda por vía extraordinaria y antes del 31/01/2026. Las solicitudes por esta vía, se solicitan presencialmente en las consejerías de educación de vuestras provincias.
¿Qué personas pueden solicitar las ayudas?
Las ayudas NEAE, están dirigidas a alumnado que presenta una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de alguna de las siguientes situaciones:
- Discapacidad
- Trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje
- Trastorno del Espectro Autista
- Altas Capacidades.
¿Para qué estudios puedes solicitar estas ayudas?
Puedes solicitar esta ayuda para los siguientes niveles no universitarios:
- Educación Infantil, Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
- Bachillerato
- Ciclos Formativos de Grado Medio y Grado Superior.
- Enseñanzas artísticas profesionales.
- Formación Profesional de Grado Básico
- Programas de formación para la transición a la vida adulta
- Otros programas formativos de Formación Profesional.
¿Cómo informan los centros educativos los datos relativos a las solicitudes de su alumnado?
Los centros educativos procederán a cumplimentar los anexos I (matrícula y características del centro) y II (tipo de NEAE).
Para la cumplimentación del anexo II los centros verificarán que consta en su expediente la documentación acreditativa que se indica en el artículo 2.A.4, 2 B o 3.1.
Asimismo, los centros educativos cumplimentarán el anexo III (ayudas propuestas).
En el caso de que se propusiera la concesión de ayudas de reeducación pedagógica, reeducación del lenguaje o para altas capacidades, cumplimentarán el anexo IV (certificado e informe específico de los equipos de orientación) y recabarán del interesado la certificación y memoria expedida por el centro reeducador (anexo VI).
Del mismo modo, el centro o la unidad tramitadora correspondiente solicitará a la Inspección de Educación el anexo V (informe inspección) en el caso de ayudas para reeducación pedagógica y del lenguaje.
Los centros podrán recabar a los solicitantes la documentación justificativa complementaria que no conste en el expediente y que consideren necesaria para la expedición de los anexos antes indicados, en el plazo de diez días.
En el plazo de quince días a contar desde el siguiente a la recepción de las solicitudes, el secretario de cada centro docente remitirá, siempre que sea posible por medios telemáticos, los anexos correspondientes a la dirección provincial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o al organismo competente de la comunidad autónoma con el fin de que continúen la tramitación del expediente.
Los servicios administrativos de las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes o de las comunidades autónomas verificarán la documentación remitida por los centros educativos, pudiendo requerir las aclaraciones y subsanaciones que sean precisas en el plazo de cinco días.
Más información:
- Puedes encontrar más información sobre las ayudas NEAE en la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- Si aun así te quedan dudas, dirígete a la Unidad de Becas, resuelven dudas relacionadas con las cuestiones académicas de las becas y ayudas. ➡ Consulta contacto de la unidad de becas de tu provincia
- La información sobre el estado de tramitación de la solicitud se podrá consultar en la sede electrónica del Ministerio.