Con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, desde octubre de 2015 es obligatorio para todas las asociaciones realizar las tramitaciones con la administración a través de medios electrónicos.

Si bien han dejado un par de años para la adaptación, que con la pandemia de la Covid-19 se ha ampliado un poco más, cada vez son más exigentes al respecto y muchas gestiones son exclusivamente con firma digital (actualizaciones de junta directiva en el voluntariado, algunas subvenciones, etc.).

Por todo ello recomendamos de forma PRIORITARIA tramitar el certificado digital de:

En las instrucciones tenéis enlaces directos a cada paso de la tramitación para obtener el certificado digital, leed atentamente antes de ir a los enlaces.

La utilidad de las tramitaciones online también facilita las gestiones personales y familiares, por lo que podéis compartir con las familias de vuestro centro educativo las instrucciones de persona física y hacer una campaña desde vuestra AMPA.