Si en sus primeros días de estancia en la escuela, tu hijo o hija se desenvuelve con normalidad, la legislación ampara su permanencia en el colegio como cualquier otr@ alumn@.

Resolución de 31 de mayo de 2016, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Almería, por la que se aprueba el calendario y la jornada escolar en los centros docentes no universitarios de esta provincia para el curso académico 2016/17.

Normas de caracter General

  • En el 2º ciclo de Educación Infantil, en Educación Primaria y en Educación Especial, el primer día de clase podrá dedicarse por parte de los Centros a la recepción del alumnado. Este día podrá establecerse un horario flexible para facilitar la tarea.

  • A fin de facilitar la adaptación al alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil que asiste a clase por primera vez y que presente dificultades de adaptación escolar, los consejos Escolares de los Centros sostenidos con fondos públicos, podrán establecer un horario flexible. Esta medida que, en ningún caso, se adoptará con carácter general para todo el alumnado, contemplará la permanencia de los alumnos y alumnas en el centro docente, que de manera gradual y progresiva será cada día más amplio. En todo caso, a partir del 26 de septiembre, el horario de la totalidad del alumnado deberá ser el establecido con carácter general para este nivel educativo. Corresponde al profesorado que ejerza la tutoría apreciar la conveniencia de aplicar flexibilización horario a un alumno o alumna y, en su caso, decidir la adopción de esta medida, de común acuerdo con los padres, madres o personas que ejerzan la tutela.

  • Ningún Consejo Escolar puede adoptar acuerdos que vulneren las disposiciones de la normativa dictada por la administración responsable del sistema educativo. El colegio no puede imponer un periodo de adaptación generalizado, amparándose en un acuerdo del Consejo Escolar .